CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN PARA COMPRAVENTA DE BIENES USADOS

(MOVEA – VENDEDOR – COMPRADOR)

CELEBRADO EN: ____________________________________________
A LOS: ______ días del mes de __________________ del año ______.

QUE CELEBRAN POR UNA PARTE:
MOVEA, plataforma digital de intermediación de compraventa de bienes, operada por Daniel González Sandoval, a quien en lo sucesivo se le denominará “MOVEA”,

POR OTRA PARTE:
La persona física o moral que publica un artículo para su venta a través de la plataforma, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL VENDEDOR”,

Y POR OTRA PARTE:
La persona física o moral interesada en adquirir dicho artículo mediante la intermediación de MOVEA, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL COMPRADOR”,

conjuntamente denominadas como “LAS PARTES”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

I. DECLARACIONES

1. Declara MOVEA que:

a) Es una plataforma digital que ofrece servicios de intermediación, resguardo de pagos y facilitación de transacciones entre compradores y vendedores.
b) Actúa únicamente como intermediario neutral, sin ser propietaria, compradora ni vendedora de los artículos.
c) Puede actuar directamente o a través de su representante Daniel González Sandoval.

2. Declara EL VENDEDOR que:

a) Es legítimo propietario del artículo ofrecido o cuenta con facultades legales para venderlo.
b) El artículo es de procedencia lícita, libre de gravamen y no infringe ninguna disposición legal.
c) La información, descripción, imágenes y condiciones proporcionadas son veraces y completas.
d) Acepta que MOVEA intermedie la operación y administre el pago.

3. Declara EL COMPRADOR que:

a) Tiene interés real en adquirir el artículo descrito.
b) Comprende y acepta que el pago se realizará a MOVEA y no directamente al VENDEDOR.
c) Reconoce que MOVEA resguardará el pago hasta que se cumplan las condiciones pactadas.

II. OBJETO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene por objeto regular la intermediación de la compraventa del artículo descrito, mediante la cual:

  • EL COMPRADOR paga a MOVEA

  • MOVEA resguarda el pago

  • EL VENDEDOR entrega el artículo

  • MOVEA libera el pago conforme a lo acordado

III. NATURALEZA DE LA INTERMEDIACIÓN

LAS PARTES reconocen que:

  1. MOVEA NO compra ni vende artículos.

  2. MOVEA NO garantiza la calidad, funcionamiento o estado del bien, salvo lo expresamente pactado.

  3. MOVEA NO es parte del contrato de compraventa, sino intermediario del pago y facilitador de la operación.

IV. RESGUARDO Y LIBERACIÓN DEL PAGO

  1. EL COMPRADOR realizará el pago total del artículo directamente a MOVEA.

  2. MOVEA resguardará dicho pago hasta que:

    • EL COMPRADOR confirme la recepción del artículo, o

    • Se cumpla el plazo o condición previamente acordada.

  3. Cumplidas las condiciones, MOVEA liberará el pago a EL VENDEDOR, descontando la comisión correspondiente.

V. COMISIONES

  1. EL VENDEDOR acepta pagar a MOVEA una comisión por intermediación, previamente informada.

  2. La comisión será descontada automáticamente del pago resguardado.

  3. En ciertos casos, MOVEA podrá cobrar comisiones adicionales por servicios complementarios, previamente aceptados.

VI. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

EL VENDEDOR se obliga a:

  • Entregar el artículo conforme a lo descrito

  • Cumplir tiempos, precio y condiciones

  • No solicitar pagos directos al COMPRADOR

  • No realizar tratos paralelos fuera de MOVEA

VII. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

EL COMPRADOR se obliga a:

  • Realizar el pago completo a MOVEA

  • Confirmar recepción del artículo de buena fe

  • No cancelar la operación sin causa justificada

  • Respetar los términos acordados

VIII. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD

MOVEA NO será responsable por:

  • Daños ocultos no declarados por EL VENDEDOR

  • Incumplimientos entre las partes

  • Uso posterior del artículo

  • Acuerdos realizados fuera de la plataforma

  • Casos fortuitos o de fuerza mayor

IX. CONTROVERSIAS

  1. En caso de conflicto, MOVEA podrá:

    • Retener temporalmente el pago

    • Solicitar pruebas a ambas partes

  2. MOVEA actúa como intermediario neutral y no como autoridad judicial.

X. CANCELACIONES

  1. Cancelaciones injustificadas podrán generar:

    • Retención de comisiones

    • Penalizaciones

    • Suspensión de cuentas

XI. ACEPTACIÓN Y FIRMA ELECTRÓNICA

  1. LAS PARTES aceptan que este contrato:

    • Se formaliza mediante aceptación digital

    • Tiene validez legal equivalente a firma autógrafa

  2. La aceptación implica consentimiento total.

XII. LEGISLACIÓN APLICABLE

El presente contrato se rige por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, sometiéndose LAS PARTES a la jurisdicción competente.

✅ ACEPTACIÓN

Declaro haber leído y aceptado el presente contrato de intermediación, comprendiendo plenamente mis derechos y obligaciones.

CDMX a _____ de _____ de 2026.

EL VENDEDOR

EL COMPRADOR

REP. MOVEA